08/02/2018 0
Termina la jornada laboral y antes de volver a casa decides tomarte una caña con los compañeros de trabajo. Posiblemente sea algo que diariamente hagan millones de españoles, si no cada día, seguramente alguna vez por semana. Y algo similar ha concluido el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB), para anular la sentencia de un juzgado que negó el derecho a que el accidente de un hombre que fue atropellado tras el trabajo fuese considerado “in itínere” argumentando que el trabajador no había vuelto directamente a su domicilio.
Dice el Tribunal, que “estamos ante una conducta que corresponde a patrones usuales de convivencia y comportamiento del común de las gentes” y asegura que la parada del demandante en un bar cercano al lugar de trabajo para tomar algo con unos compañeros durante unos 30 minutos no rompe el nexo causal entre el trabajo y el accidente.
El empleado fue atropellado cuando volvía en bicicleta a su casa dos horas y media después de terminar su jornada, aunque al salir del trabajo paró media hora a tomar algo con unos compañeros en un bar.
Vía CEF
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