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¿Van a desaparecer las pymes en España?

desaparecen pymes

 

Aunque el titular de este post suene un poco alarmista en realidad nos referimos al posible cambio que puede llegar en la definición de ¿qué es una pyme?

Y es que la Comisión Europea acaba de finalizar una consulta / evaluación para una posible revisión de algunos aspectos de la definición de pyme. Esta consulta pública forma parte de este proceso y permitirá a todos los interesados dar su opinión sobre la evaluación y la evaluación de impacto de la definición de pyme.

Cabe recordar que la definición de pyme que contempla la Recomendación 2003/361/CE es el instrumento estructural para denominar a las empresas que se enfrentan a deficiencias del mercado y retos particulares debido a su tamaño y las que, por tanto, pueden recibir un trato preferente en términos de apoyo público. Así, la recomendación actual busca asegurar la igualdad de condiciones; evitar el falseamiento de la competencia entre empresas; y garantizar la igualdad de trato de todas las pymes a la hora de acceder a ayudas, bonificaciones y acceso a determinados programas de la UE.

En este sentido, determinar los parámetros que definen a una pyme resulta crítico a la hora de fijar y conceder ayudas como las de competencia (ayudas estatales), fondos estructurales, investigación e innovación (Horizonte 2020)... Por otra parte, la definición de pyme es relevante para algunas exenciones y reducciones de tasas administrativas, tales como las contempladas en el Reglamento sobre el registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH).

Hasta ahora, la citada Recomendación de 2003 fijaba tres criterios esenciales para definir la esencia de una pyme: el número de personal; los factores financieros; y la propiedad.

Bajo el primer criterio, una pyme sería toda aquella empresa con menos de 250 trabajadores a tiempo completo por año. El segundo criterio señala que pyme son todas aquellas compañías cuya facturación anual sea inferior a los 50 millones de euros o que su balance no supere los 43 millones de euros. Por último, el tercer criterio, enfocado a las participaciones de las grandes compañías, diferenciando entre empresas autónomas, empresas con relaciones de colaboración (cuya propiedad varía entre el 25% y el 50%) y empresas vinculadas con otras entidades.

Habrá que estar pendientes de las conclusiones que saque la Comisión de la evaluación para ver si camba alguno de esos parámetros y nos encontramos con que el porcentaje de pymes en España podría variar.


Tags: pymes

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