22/06/2018 0
Aunque el titular de este post suene un poco alarmista en realidad nos referimos al posible cambio que puede llegar en la definición de ¿qué es una pyme?
Y es que la Comisión Europea acaba de finalizar una consulta / evaluación para una posible revisión de algunos aspectos de la definición de pyme. Esta consulta pública forma parte de este proceso y permitirá a todos los interesados dar su opinión sobre la evaluación y la evaluación de impacto de la definición de pyme.
Cabe recordar que la definición de pyme que contempla la Recomendación 2003/361/CE es el instrumento estructural para denominar a las empresas que se enfrentan a deficiencias del mercado y retos particulares debido a su tamaño y las que, por tanto, pueden recibir un trato preferente en términos de apoyo público. Así, la recomendación actual busca asegurar la igualdad de condiciones; evitar el falseamiento de la competencia entre empresas; y garantizar la igualdad de trato de todas las pymes a la hora de acceder a ayudas, bonificaciones y acceso a determinados programas de la UE.
En este sentido, determinar los parámetros que definen a una pyme resulta crítico a la hora de fijar y conceder ayudas como las de competencia (ayudas estatales), fondos estructurales, investigación e innovación (Horizonte 2020)... Por otra parte, la definición de pyme es relevante para algunas exenciones y reducciones de tasas administrativas, tales como las contempladas en el Reglamento sobre el registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH).
Hasta ahora, la citada Recomendación de 2003 fijaba tres criterios esenciales para definir la esencia de una pyme: el número de personal; los factores financieros; y la propiedad.
Bajo el primer criterio, una pyme sería toda aquella empresa con menos de 250 trabajadores a tiempo completo por año. El segundo criterio señala que pyme son todas aquellas compañías cuya facturación anual sea inferior a los 50 millones de euros o que su balance no supere los 43 millones de euros. Por último, el tercer criterio, enfocado a las participaciones de las grandes compañías, diferenciando entre empresas autónomas, empresas con relaciones de colaboración (cuya propiedad varía entre el 25% y el 50%) y empresas vinculadas con otras entidades.
Habrá que estar pendientes de las conclusiones que saque la Comisión de la evaluación para ver si camba alguno de esos parámetros y nos encontramos con que el porcentaje de pymes en España podría variar.
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