Blog

    0

Es hora de arrancar tu negocio

arrancar-tu-negocio

 

El verano suele ser buena época para aclarar la mente y vislumbrar la puesta en marcha de nuevos negocios. Ya hablamos en su día sobre el decálogo para emprender tras el verano o de cuándo pasar de autónomo a S.L.

Es más, nos reafirmamos en que es hora de arrancar tu negocio leyendo las conclusiones de un estudio de Randstad que revela que el 27,5% de los trabajadores españoles se plantea cambiar su empleo a la vuelta de sus vacaciones, más de 5,3 millones de ocupados.

Si bien es cierto que lo más importante es tener una buena idea de negocio y un plan de negocio realista, otra cuestión habitual a la hora de lanzarse a emprender es el de la financiación.

En este caso, una herramienta que mucha gente desconoce es la de beneficiarse del pago único del SEPE para montar tu empresa. Una medida que trata de facilitar las iniciativas de empleo autónomo abonando en un solo pago el importe de dicha prestación por desempleo a las personas beneficiarias.

Como con todas las ayudas e incentivos fiscales hay que tener cuidado con los plazos y requisitos para solicitar dicha ayuda. Y no descartar que quizás no sea la fórmula de financiación más adecuada para el tipo de negocio que vas a montar.

Así entre otras cuestiones a tener en cuenta cabe señalar que la solicitud del pago único requiere:

  • Incorporarse de forma estable como socios/as trabajadores/as o de trabajo en cooperativas o en sociedades laborales ya constituidas, o constituirlas, aunque se haya mantenido un contrato previo con las mismas.
  • Desarrollar una actividad como personas trabajadoras autónomas. No se incluirán en este caso quienes se den de alta como trabajadores/as autónomos/as económicamente dependientes, firmando un contrato con una empresa con la que hubieran mantenido una relación contractual inmediatamente anterior a la situación legal de desempleo o que pertenezca  al mismo grupo empresarial de aquella.
  • Destinar el importe a realizar una aportación al capital social de una entidad mercantil de nueva creación o creada en un plazo máximo de 12 meses anteriores a la aportación, siempre y cuando se vaya a poseer el control efectivo de la sociedad, se vaya a ejercer en la misma una actividad profesional y se produzca un alta en la Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar.



Post relacionados


Nuevo comentario


Comentarios

Teléfono

91 435 62 53

Fax

91 431 22 81

© 2024 Ruiz-Beato - Todos los Derechos Reservados