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No hay dos sin tres… ni cuatro, cinco…

fichar con huella digital

La obligación de fichar y sus desconcertantes efectos sobre empresarios y trabajadores vienen siendo tema habitual de comentario en el blog. Si hace unas semanas aludíamos a la nulidad del despido de una mujer que denunció horas extras, en esta ocasión nos referiremos a otro de los quebraderos de cabeza con el que han tenido que lidiar los empresarios: las herramientas o sistemas para garantizar ese control efectivo.

Una sentencia del pasado 12 de julio de las Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid considera como improcedente el despido disciplinario dado que la empresa, por un mal funcionamiento del sistema de fichaje, no ha podido demostrar las inasistencias injustificadas al trabajo achacadas a la persona trabajadora, así como tampoco las faltas de puntualidad o las salidas antes de la hora prevista.

El caso hace referencia a un trabajador que en su centro docente advirtió a su coordinador de que el sistema de control por huella digital no funcionaba correctamente. La coordinadora le recomendó que lo pusiera en conocimiento del centro cosa que no hizo, sin saber que, a la larga, le acabaría costando el despido.

Reconoce en la sentencia el TSJM que “efectivamente, la única falta achacable al demandante es que debería haber puesto en conocimiento de la Escuela que no le funcionaba el sistema de fichaje”, aunque apunta a que esa falta no constituye infracción alguna y que tampoco es algo que se haya acreditado por parte de la empresa. Es más, el tribunal destaca la “la buena fé” por parte del trabajador que siguió prestando su servicio sin ninguna queja ni por parte de sus alumnos ni de la coordinadora, en contraposición de la “mala fé” de la empresa por no haber informado de la existencia de ese problema puesto que “no es creíble que la empresa lo supiera mes y medio después, puesto que los fichajes deben ser controlados día a día”.

Concluye en la sentencia que se trata, por ende, de un despido improcedente y que se debe estimar la demanda. Lo que supone un toque de atención y un recordatorio a las empresas para que lleven al día el correcto funcionamiento de sus sistemas de control de la jornada laboral.

Una obligación que también afecta a los pescadores, pese a la imposibilidad para poderlo llevar de forma efectiva, según viene denunciando la Confederación Española de Pesca desde que el Gobierno confirmara a principios de verano que la pesca quedaba incluida en la ley de registro de la jornada laboral. Tanto la de bajura como la de altura.



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