26/06/2019 Fernando Ruiz-Beato 0
Cada cierre de trimestre al despacho nos llegan las dudas habituales sobre los gastos y facturas que los autónomos y pymes pueden deducirse. Hace poco hablábamos en el blog sobre cómo tributar los servicios asociados a planes de retribución flexibles. En esta ocasión daremos unas cuantas pistas a modo recordatorio de las cosas que los autónomos pueden desgravarse.
Antes de repasar la lista, recordemos que para poderse desgravar el IVA será necesario contar con una factura del servicio o producto y no valdrá una factura simple o ticket. Ésta si permitirá contabilizarlo como gasto para deducirlo del IRPF, pero no permitirá desgravar el IVA en la declaración trimestral.
Dicho esto, pasemos a enumerar la lista:
1) Material electrónico. Todos los dispositivos como ordenadores, teléfonos, discos duros, impresoras, memorias USB… que sean necesarios para el desempeño del trabajo. Hay que tener en cuenta que si el coste del ordenador es superior a los 800 euros habrá que contabilizarlo como una amortización.
2) Página web. En tanto que es tu identidad digital puedes desgravarte tanto la creación como el mantenimiento de la página web.
3) Facturas de proveedores de servicios. En línea con los dos puntos anteriores, las facturas de teléfono, alojamiento de web, dominios, antivirus, servicios de ofimática y aplicaciones… también pueden desgravarse.
4) Promoción y publicidad. Todo lo que tenga que ver con publicidad y promoción tanto en formato físico como digital. Habría que hacer distinción especial con todo lo relacionado con las cestas de navidad, ya que según la cesta puede que no se considere regalo promocional.
5) Material de oficina. Aunque cada vez tendemos a ser más digitales, bajo este capítulo podemos incluir bolígrafos, grapadoras, cuadernos… También las tarjetas de visita que pese al auge de las redes sociales, se siguen usando.
6) Gasolina y dietas. Los desplazamientos a reuniones y viajes de trabajo también pueden desgravarse siempre que tengamos una factura y alguna comunicación que confirme la existencia de esa reunión o viaje. En el caso de la gasolina, lo preferible es desgravar sólo el 50% ya que si se declara el 100% habrá que justificar que el coche es exclusivamente para uso profesional. Acuérdate también de los tickets o facturas del parking cuando estaciones en un parking privado o en la calle con la ORA.
7) Servicios de gestoría. Además de facilitarte el día a día de la gestión y contabilidad de la empresa, los servicios como los que ofrecemos desde RB Ruiz Beato Abogados también son deducibles.
8) Formación. Los gastos de formación también son deducibles. Conviene además estar al tanto de las distintas ayudas y subvenciones que existen para la formación.
9) Libros, revistas y cuotas profesionales. En línea con lo anterior, suscripciones a revistas, compra de libros para la cualificación profesional y formación, o las cuotas satisfechas a colegios profesionales también son desgravables.
10) La cuota de autónomo. Ser autónomo y pagar la cuota es otro gasto, por tanto, también puedes incluirlo como gastos a deducir. Como en otros ejemplos anteriores, habla con tu gestor para que te asesore sobre las cuotas de autónomos y las bonificaciones que existen.
11) Gastos de la oficina en casa. Para los autónomos que trabajen desde casa podrán deducirse las facturas de luz, agua, gas, seguro… en la parte proporcional que hayan declarado el uso de la vivienda como oficina. Recordad que, del mismo modo, el porcentaje de la vivienda destinado a uso profesional, deberá descontarse de las deducciones por hipoteca.
12) Alquiler. En el caso de los autónomos que cuenten con una oficina, un pequeño despacho o incluso una sala de reuniones en un espacio de coworking, podrán deducirse el gasto también siempre que exista una factura.
13) Seguro médico privado. Para aquellos autónomos que cuenten con un seguro médico privado, también podrán desgravarlo. Incluso para el IRPF podrán incluir a los beneficiarios familiares.
14) Vestuario profesional. Los autónomos que necesiten algún tipo de vestuario específico para el desempeño de su trabajo como monos de protección, cascos, chalecos, etcétera, también podrán desgravar esta compra de los gastos.
15) Intereses. Si has tenido que pedir un préstamo, un crédito, una subvención o cualquier otra fórmula de financiación que haya derivado en la generación de intereses, éstos serán deducibles también.
Con esta lista, que aún podría extenderse mucho más hacemos un pequeño repaso de las partidas habituales. No os olvidéis tampoco de las donaciones a entidades consideradas como públicas. Que además de contribuir a una buena causa te permiten desgravarte el 75% de los primeros 150€ donados y el 30%. Los porcentajes son mayores si incluso las donaciones son continuas a lo largo de los años o si se realizan a actividades prioritarias de mecenazgo. Aunque ojo, que solo podrás deducirte hasta un 10% o 15% de la base liquidable