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Los falsos autónomos: nuevo objetivo del Gobierno

medidas para detectar falsos autonomos 
Tras la subida del salario mínimo interprofesional (SMI) el Gobierno, a través de la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Álvarez, ha puesto el foco en los falsos autónomos. Para ello ha anunciado que se pondrán en marcha nuevas medidas legislativas y que se impulsarán las inspecciones de trabajo para vigilar la precariedad laboral.

¿Qué nuevas medidas se han puesto en marcha para controlar los falsos autónomos?

En unas declaraciones en el programa El Objetivo de la Sexta, la ministra aseguraba que "en breve vamos a tener un cambio legislativo y también de inspección de trabajo" y advertía de que "vamos a actuar de manera firme en los denominados falsos autónomos".

El problema de los riders ha tenido una gran transcendencia en los medios, pero hay mucha subcontratación de servicios que encubren auténticas relaciones laborales vestidas de relaciones mercantiles, cuya naturaleza jurídica es evidentemente laboral.

Detrás de estas propuestas de la ministra se encuentra la regulación de los trabajos surgido a raíz de servicios vinculados con la economía digital, la subcontratación de servicios y la economía colaborativa. Entre ellos, los denominados riders de los conocidos servicios de comida a domicilio de empresas como Deliveroo, Glovo o Uber Eats.

La razón de acudir a la figura de contratación de los falsos autónomos no es otra que evitar costes de cotización a la seguridad social y costes de despido y no siempre representa percibir retribuciones menores que los asalariados de la empresa si el evitar costes fijos y costes de personal que impidan a lo mejor retribuir de forma ajustada al trabajador por todos los costes aparejados que lleva una contratación.

Un ejemplo de ello es la idea de querer quitar los topes máximos de cotización que supondría unos costes para la empresa difícilmente asumibles frente a un régimen de autónomos que no se cotiza por lo que uno percibe sino por la base de cotización que uno elija.

El problema de los falsos autónomos no es nuevo

Los falsos autónomos existen desde hace tiempo (el Tribunal Supremo ya unificó doctrina estableciendo que la realidad fáctica prevalece sobre el contrato, tras una denuncia de varios trabajadores canarios contratados por Zardoya Otis) pero quizás la llegada de los servicios digitales ha puesto mucho foco mediático en esta figura. Ya la antecesora de Álvarez, Magdalena Valerio quiso incidir en las inspecciones de trabajo y el Plan Director por el Empleo Digno 2018-2020 impulsado por Pedro Sánchez abordaba esta cuestión.

Una problemática con mucha repercusión social, sobre todo, tras la sentencia del pasado mes de julio de 2019 del Juzgado de lo Social número 19 de Madrid que estimaba la demanda interpuesta por la Tesorería General de la Seguridad Social contra Deliveroo y declaró que los cerca de 500 repartidores demandantes, los riders, estaban sujetos a una relación laboral con la compañía en la que prestaron sus servicios, por lo que son asalariados.

Precisamente, Yolanda Álvarez comentaba en el programa de televisión que el cambio será rápido y en la línea que han marcado algunos tribunales. Según la ministra, el objetivo es "incorporar una modificación para dar garantías a un montón de personas que efectivamente muchas son jóvenes, pero no solo".

¿Cuáles son las sanciones a los falsos autónomos?

Según datos del pasado verano de la Asociación de Trabajadores Autónomos, pese al ruido social, los falsos autónomos apenas representan un 2% de los más de 3,3 millones de trabajadores por cuenta propia que hay en España. Es decir, unos 70.000 profesionales que en realidad deberían de estar empleados por las empresas a las que dan servicio.

La existencia de esta figura y el anuncio de más inspecciones debería poner en alerta a las empresas ya que la contratación bajo esta condición es ilegal y puede ser motivo de sanción. En general, las sanciones van desde los 3.126 a los 10.000 euros y la obligación del pago de todas las cotizaciones sociales del trabajador de los últimos cuatro años al Régimen General. A esto se le añade una multa por no haberlas abonado en su momento de entre el 100 y el 150% de las cantidades no pagadas.

 

Imagen de wal_172619 en Pixabay.



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