03/04/2023 Fernando Ruiz-Beato 0
Aunque hasta el 30 de julio queda tiempo, hay muchos clientes que ante el próximo inicio de la campaña de la renta empiezan a preguntarnos por cuestiones como ¿qué pasa si una empresa no formula correctamente las cuentas anuales? ¿Es posible subsanar errores una vez presentadas las cuentas? ¿Qué plazo tengo para enmendar los errores de las cuentas anuales de mi empresa?
Aunque se trata de un procedimiento sencillo y obligatorio, lo cierto es que en muchas ocasiones comprobamos que los clientes cometen errores y omisiones. Hace tiempo que abordamos en este post cuáles son los cinco errores más comunes de las empresas al presentar sus cuentas anuales. Parece mentira, pero no tener un equipo profesional de confianza detrás que ayude a las empresas con la gestión fiscal y laboral hace que uno de los principales errores sea, precisamente, el de no presentar las cuentas anuales o no hacerlo en los plazos establecidos.
Y eso que las empresas pueden enfrentarse a multas desde los 1.200 euros hasta 300.000 euros en función de la gravedad del error y de su volumen de facturación anual. Y, sin embargo, basta echar un vistazo a los datos oficiales del Registro para comprobar que durante los últimos años se nota un aumento muy significativo en el porcentaje de empresas que no depositan sus cuentas anuales en el Registro Mercantil ni publican sus actos.
Cabe recordar la responsabilidad de los administradores ante dichos errores ya que ellos son los responsables de responder frente a la sociedad, los socios y los acreedores sociales, del daño que causen por actos u omisiones contrarios a la ley o a los estatutos o por los realizados incumpliendo los deberes inherentes al desempeño del cargo.
Mas allá de los errores que comentamos en el post antiguo, la ventaja de las cuentas anuales es que sí se pueden subsanar los errores cometidos en la formulación de las cuentas anuales ante el registro. Ya que puede ocurrir que una vez presentadas las cuentas anuales comprobemos que hemos cometido algún error relacionado con la mera transcripción de los datos o bien se puede haber cometido un error de contabilidad tras una revisión más certera de la contabilidad.
En cualquiera de los dos casos, hay que valorar la importancia del error para decidir si se presentas unas nuevas cuentas anuales (algo que es posible pero excepcional y que normalmente se hace porque el error afecta de manera grave a la situación patrimonial de la empresa) o si se puede subsanar el error con la remisión de las cuentas anuales en el ejercicio siguiente.
En el caso de que el error haya sido de transcripción la solución es sencilla ya que basta con que el administrador presente una certificación señalando el origen y la causa del error y cuáles deberían ser los datos correctos, y pedir en el Registro que se incorpore la certificación como anexo a las cuentas ya depositadas.
No hay comentarios disponibles