La comodidad e inmediatez de los servicios de mensajería instantánea (WhatsApp, Telegram, Messenger…) y de las redes sociales (LinkedIn, Facebook, Instagram…) han hecho que, en muchas ocasiones se negocien condiciones salariales o se acepten condiciones a título particular para cualquier asunto personal privado.
Sin embargo, conviene recordar a modo de mandamiento capital que no usarás este tipo de servicios electrónicos para negociar, justificar o acreditar cualquier propuesta o acuerdo laboral profesional o particular.